DE LOS ESTUDIANTES DE LA UPG
Artículo 1: Es considerado estudiante de la UPG aquel que tiene su matrícula vigente en cualquiera de los programas ofrecidos por la unidad según lo estipulado en el artículo 82 del REGEP.
Artículo 2: Para tener una matrícula vigente es necesario haber ingresado a alguno de los programas o cursos de la UPG según lo normado por la EPG y el estatuto de la UNMSM, haber cumplido con el acto de matrícula según lo normado por la EPG y además cumplir puntualmente con los pagos respectivos por el ciclo de estudios.
Artículo 3: Son deberes de los estudiantes de la UPG los siguientes:
- Cumplir con las disposiciones del presente reglamento.
- Cumplir con las obligaciones económicas y administrativas adquiridas con la UPG.
- Guardar un comportamiento dentro de las normas de la cortesía y la ética en el trato hacia sus compañeros, profesores, personal administrativo y público en general.
- Asistir puntualmente a sus clases en el horario de dictado y cumplir con las tareas que el Profesor le asigne.
- Evaluar periódicamente al Profesor mediante encuestas aplicadas por la UPG.
- Otros que sean considerados en el artículo 84 del REGEP
Artículo 4: Son derechos de los estudiantes:
- Recibir una formación académica de acuerdo al plan de estudios ofrecido.
- Presentar queja o sugerencia sobre cualquier aspecto académico y administrativo.
- Utilizar las instalaciones de la UPG previa coordinación con la jefatura administrativa de la UPG.
- Contar con asesoría docente en temas relacionados al curso y durante el desarrollo del mismo.
- Otros que sean considerados en el artículo 84 del REGEP.

NORMAS COMPLEMENTARIAS
Artículo 5: Cualquier situación no contemplada en el presente reglamento será resuelta por la Dirección de la UPG o por el Comité Directivo según sea el caso.
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